Primera Hora

VALERIA AGOSTO ORTIZ Y JOSÉ C. LAGUNA OLIVERAS

Civil Num: SJ2023CV00430 Sala NUM:1002 Sobre: Expropiación Forzosa Emplazamiento Por Edicto Estados Unidos De América Presidente De Los Estados Unidos Estado Libre Asociado De Puerto Rico A: Valeria Agosto Ortiz Y Cualquier Otra Persona Que Pudiera Tener Algún Interés Sobre La Propiedad A EXPROPIARSE. Se le emplaza y notifica que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha radicado en esta secretaría una Petición de Expropiación sobre la siguiente propiedad: A: PARCELA VALOR: $25,554.11 Solar identificado de acuerdo al plano catastral con el número 041-071-416-02- 001, con el solar 1802, ubicado en Calle Avenida Eduardo Conde, de Santurce Norte, Puerto Rico. La Administración de Puerto Rico interesa adquirir dicha estructura mediante el procedimiento de expropiación forzosa, como parte de la reconstrucción urbana de Santurce y Río Piedras en el Municipio de San Juan., a tenor con la autoridad conferida mediante la Ley Núm. 13 de 16 de mayo de 1962, según enmendada, conocida como la "Ley de la Administración de Terrenos de Puerto Rico", y a tenor con las disposiciones de la Ley General de Expropiación Forzosa de 12 de mayo de 1903, según enmendada, y la Regla 58- Expropiación Forzosa de Propiedad, de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico. Se ha consignado en esta secretaría la cantidad de $25,554.11, valor que ha sido fijado por la agencia a la propiedad expropiada. No habiéndose podido emplazar personalmente a las personas antes relacionadas, ya que se desconoce su paradero, este Honorable Tribunal ha ordenado que se le emplace por Edicto, que se publicará una vez por semana durante tres (3) semanas consecutivas en un periódico de circulación diaria en la Isla de Puerto Rico. Conforme a lo dispuesto en la Regla 58.4 C(2) de Procedimiento Civil, a los diez (10) días de la publicación del último edicto, se enviará por correo con acuse de recibo una copia del emplazamiento y de la demanda a aquella parte con interés que no pueda ser notificada personalmente, pero cuya dirección física o postal sea en ese momento conocida. SJ2023CV00430 22/08/2023 10:25:48 a.m. Página 2 de 2 Se le notifica que, si usted desea presentar objeción o defensa a la incautación de la propiedad, debe radicar su contestación en este Tribunal dentro del término de treinta (30) días, contados a partir de la última publicación de este Edicto, debiendo notificar con copia de la misma a la parte peticionaria a través de su representación legal, Ledo. Graciani Betancourt, 1519 Ave Porree De León, Suite 1115, San Juan, PR 00909, teléfono (939) 642-9507. Este Tribunal ha señalado el día 5 de diciembre de 2023 a las 9:00a.m., Sala 1002, para la vista del caso en cuyo día se determinará el justo valor de la propiedad y las partes a ser compensadas y a cuya vista podrá usted comparecer y ofrecer prueba de valoración, aunque no haya contestado la Petición. Juan, Puerto Rico, a 22 de agosto de 2023. Griselda Rodriguez Collado, Secretaria Regional. Carmen E. Garcia Figueroa, Secretaria Servicios A Sala

FAMILIA

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2023-09-28T07:00:00.0000000Z

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